Sector Agrícola, Pecuario e Hidrobiológico puede circular sin restricción de horarios y entre departamentos

Sector Agrícola, Pecuario e Hidrobiológico puede circular sin restricción de horarios y entre departamentos

TGW Digital – El Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación (MAGA) informa al sector AGRÍCOLA, PECUARIO E HIDROBIOLÓGICO y a la población en general:

Que el trasporte de toda la producción de alimentos está exento de las limitaciones a la libertad de locomoción decretadas.   Por lo tanto, todos los derivados del sector agropecuario pueden circular sin restricción de horarios y entre departamentos.   

Estos productos son:

–           PESCADO Y MARISCOS

–           FRUTAS

–           VERDURAS

–           ALIMENTOS DE PRIMERA NECESIDAD

–           CAFÉ

–           GRANOS BÁSICOS (arroz, frijol, maíz)

–           PRODUCTOS DE LA GANADERÍA MAYOR Y MENOR (animales vivos, material genético de reproducción, carnes y todos sus derivados como leche, queso,  huevos y similares)

–           TODA MATERIA PRIMA para elaboración de productos alimenticios de primera necesidad, como palma, caña de azúcar, melaza, sal, etc.

–           INSUMOS AGROQUÍMICOS (Fertilizantes, fungicidas, pesticidas, bombas de fumigación, etc.)

–           CONCENTRADOS PARA ANIMALES y productos veterinarios.

La producción agrícola, pecuaria e hidrobiológica es complementaria de la actividad industrial para garantizar la cadena de producción de alimentos.

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