Salud publica  requisitos para la contratación de estudiantes de medicina con pénsum cerrado y médicos extranjeros

Salud publica requisitos para la contratación de estudiantes de medicina con pénsum cerrado y médicos extranjeros

TGW Digital – El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) publicó este día, en el diario de Centro América (Diario Oficial), el Acuerdo Ministerial 182-2020.

Este acuerdo contempla la normativa para la contratación del personal médico, servicios técnicos y profesionales afines, de conformidad con el Decreto 22-2020 del Congreso de la República.

De esa cuenta, se incluye el proceso de contratación para estudiantes de medicina con cierre de pénsum y médicos extranjeros que realicen una especialización en hospitales nacionales.

Requisitos de contratación

Para estudiantes de medicina con pénsum cerrado

  • Hoja de vida actualizada y copia del Documento Personal de Identificación (DPI).
  • Constancia de inscripción en el Registro Tributario Unificado.
  • Constancia, verificación o documento similar electrónico o impreso extendida por la casa superior de estudios que corresponda en la que indique que el estudiante de Medicina posee pénsum cerrado y únicamente se encuentra pendiente de acto de graduación.
  • Acta de declaración jurada con base al artículo 26 de la Ley de Contrataciones del Estado, modelo que deberá ser proporcionado por el Ministerio de Salud.
  • Cheque anulado o documento emitido por entidad bancaria donde se hagan los depósitos a cuenta para identificar que el contratante posee cuenta bancaria a su nombre para el depósito correspondiente.

Para médicos extranjeros que realicen especialización en hospitales nacionales

  • Hoja de vida actualizada.
  • Copia de título que acredita la calificación del servicio a prestar, profesional o técnico.
  • Copia de DPI y en caso de no tenerlo, deberá presentar pasaporte vigente en original y copia simple completa para su confrontación.
  •  Constancia de inscripción en el Registro Tributario Unificado.
  • Copia del título que acredite la calidad profesional que ostenta el contratista con la respectiva apostilla o en su caso la legalización de firmas ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Colegiado profesional transitorio vigente.
  • Constancia emitida por el hospital nacional donde efectúa su especialidad.
  •  Acta de declaración jurada con base al artículo 26 de la Ley de Contrataciones del Estado, modelo que deberá ser proporcionado por el Ministerio de Salud.
  • Cheque anulado o documento emitido por entidad bancaria donde se hagan los depósitos a cuenta para identificar que el contratante posee cuenta bancaria a su nombre para el depósito correspondiente.

Para los servicios técnicos y profesionales

  • Hoja de vida actualizada.
  • Copia del título que acredita la calificación del servicio a prestar, profesional o técnico y copia del DPI.
  • Constancia de inscripción en el Registro Tributario Unificado.
  • Constancia de colegiación profesional activa, en caso de prestación de servicios profesionales.
  • Cheque anulado o documento emitido por entidad bancaria donde se hagan los depósitos a cuenta para identificar que el contratante posee cuenta bancaria a su nombre para el depósito correspondiente.

De acuerdo con el documento, la Dirección de Recursos Humanos del MSPAS y las unidades ejecutoras deberán priorizar el trámite de las contrataciones.

Esta medida tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del 2020, y empezará a regir un día después de su publicación en el Diario Oficial, es decir, a partir de este 22 de julio.

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