Acuerdo Gubernativo que fija salarios mínimos cobra vigencia a partir del 1 de enero de 2019

Acuerdo Gubernativo que fija salarios mínimos cobra vigencia a partir del 1 de enero de 2019

El uno de enero de 2019 cobrará vigencia el Acuerdo Gubernativo 242-2018 que fija los salarios mínimos para actividades agrícolas, no agrícolas y de la actividad exportadora y de maquila, tras su publicación hoy en el Diario Oficial.

El Acuerdo, en la parte concluyente de sus considerandos consigna que: “En 
congruencia con la necesidad de reactivar la economía del país, es conveniente fijar como salarios mínimos los mismos que rigieron para el año 2018?, y son los siguientes:

Para las actividades agrícolas, el salario mínimo fijado es de 90.16 quetzales diarios, equivalente a 11.27 por hora en jornada ordinaria diurna de trabajo o lo proporcional en jornada mixta o nocturna.

Para las actividades no agrícolas, se fija el salario mínimo de 90.16 (11.27 por hora en jornada ordinaria diurna de trabajo o lo proporcional para las jornadas mixta o nocturna).

El Acuerdo Gubernativo 242-2018, puede encontrarlo completo, aquí:https://legal.dca.gob.gt/

Para la actividad exportadora y de maquila, el salario mínimo queda establecido en 82.46 diarios (10.30 por hora en jornada ordinaria diurna de trabajo o lo proporcional para las jornadas mixta o nocturna).

El Acuerdo también establece en uno de sus artículos los “casos especiales”, haciendo ver que “cuando por las peculiaridades y naturaleza de cada trabajo, se pacte el pago de la remuneración por hora, por unidad de obra o por participación en las utilidades, ventas o cobros que haga el patrono, en ningún caso serán perjudicados los trabajadores que ganen por pieza o precio alzado, o a destajo, de conformidad con la ley”.

El Acuerdo fue firmado por el presidente de Guatemala, Jimmy Morales, y el ministro de Trabajo y Previsión social, Gabriel Vladimir Aguilera, así como por el secretario general de la Presidencia, Carlos Martínez.

Comisión no alcanzó acuerdo

El Acuerdo consigna en sus considerandos que “al no llegar a un acuerdo ni armonizar las propuestas sobre los salarios mínimos por actividad y circunscripciones económicas de todo el país”, la comisión Nacional del Salario, “en cumplimiento de la norma laboral que la obliga, presentó su dictamen razonado con los argumentos vertidos por los sectores laboral y patronal para sustentar las propuestas formuladas en el seno de las comisiones Paritarias de Salarios Mínimos y la Comisión Nacional del Salario, las cuales reflejan las necesidades y posibilidades económicas de la colectividad que representan”.

En otro considerando, señala que “al no existir acuerdo en la Comisión Nacional del Salario, corresponde al Organismo Ejecutivo la fijación del mismo”.

En tal sentido, expone que “El Organismo Ejecutivo ha analizado el dictamen razonado de la Comisión Nacional del Salario, la situación económica del país y de los distintos sectores productivos”.

Agrega: “Considerando que el número de trabajadores guatemaltecos que cuentan con un empleo formal y digno ha disminuido y el de aquellos trabajadores que se encuentran en la economía informal o en situación de subempleo y desempleo directo ha aumentado, lo que requiere tomar las medidas necesarias para crear condiciones que permitan la generación de más empleos formales y apoyar el aumento de la productividad de las empresas guatemaltecas en aras de desarrollar una mayor inversión nacional y extranjera, para que de esta manera puedan crearse nuevas fuentes de empleo para los guatemaltecos”.

Por eso, concluyen los considerandos: “En congruencia con la necesidad de reactivar la economía del país, es conveniente fijar como salarios mínimos los mismos que rigieron para el año 2018”.

La Comisión Nacional del Salario

La Comisión Nacional del salario, es un organismo Técnico y Consultivo de las Comisiones Paritarias, que funciona adscrito al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, al que asesora en la política general del salario. Lo integran, entre otros, dos representantes de esa cartera, dos representantes de las gremiales patronales y dos representantes de los sindicatos de trabajadores.

Más información sobre la Comisión Nacional del Salario y su reglamento, aquí:https://bit.ly/2EOu0uV

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