Para mitigar el impacto del incremento internacional en el precio de los carburantes, el Congreso de la República aprobó el Decreto 22-2026, Ley de Extensión Tributaria Temporal de Emergencia al Consumidor de Combustibles, una normativa que establece la suspensión temporal del Impuesto a la Distribución de Petróleo y sus Derivados (IDP) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Desde el Organismo Legislativo se explicó que la medida surgió como respuesta a la coyuntura global. Tras un proceso de análisis y consensos donde inicialmente se evaluó un mecanismo de aportes, se optó finalmente por la exoneración directa de ambos tributos para beneficiar de manera efectiva el bolsillo de los guatemaltecos.
Proceso de implementación y vigencia
El decreto deberá cumplir con los plazos legales, incluyendo el periodo para conocer posibles objeciones, antes de ser remitido a la Presidencia de la República para su sanción y publicación en el diario oficial. De acuerdo con las proyecciones oficiales, la medida entrará en vigencia en octubre y se mantendrá activa hasta el 31 de diciembre de 2026, constituyendo una acción extraordinaria de apoyo temporal.
Las autoridades precisaron que el impacto en la reducción de precios será más perceptible en las gasolinas regular y superior, debido a que concentran una mayor carga impositiva en comparación con el diésel.
Acciones complementarias y fiscalización
Ante la fluctuación de los mercados internacionales, se destacó la necesidad de impulsar políticas orientadas a reducir la dependencia de los combustibles fósiles. Entre las alternativas señaladas figuran el fortalecimiento del transporte masivo, el fomento del teletrabajo y la implementación de horarios escalonados. Asimismo, se adelantó que a partir de enero de 2027 se contempla la activación de un fondo de compensación para estabilizar futuros precios.
Finalmente, se hizo un llamado a la ciudadanía para revisar detalladamente sus facturas de consumo una vez aplicada la medida, verificando que los impuestos exentos aparezcan en cero. En caso de anomalías o incumplimientos, los consumidores podrán interponer sus denuncias ante la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco) o el Ministerio de Energía y Minas (MEM), instituciones que mantendrán una veeduría estricta en coordinación con el Congreso.




