TGW Digital – Este lunes se publicó el Acuerdo Ministerial 215-2020, el cual modifica el anexo del Acuerdo Ministerial 187-2020 que fue publicado el pasado 25 de julio y que establece las disposiciones del Sistema de Alertas Sanitarias.
Las nuevas disposiciones que aplican a nivel nacional dependiendo el color de alerta en cada municipio son en los siguientes sectores:
Parques públicos
ROJO | ANARANJADA | AMARILLA | VERDE |
Cerrado con excepción de áreas para deporte individual. No se permiten actividades grupales, ni ventas de comida o comercio. | Aforo a 4 m2 por persona. No se permiten aglomeraciones mayores de 10 personas. No se permiten ventas de comida o comercio | Aforo a 4 m2 por persona. No se permiten aglomeraciones mayores de 15 personas. Se permite venta de comidas con medidas iguales a las ventas en mercado. | Aforo a 2.5 m2 por persona. |
Bares y fiestas
ROJO | ANARANJADA | AMARILLA | VERDE |
Cerrado a todas las actividades. | Cerrado a todas las actividades. | Actividades al aire libre guardando aforo de 4 m2 por persona. No se permiten grupos mayores a 5 personas. | Aforo a 2.5 m2 por persona. No se permiten grupos mayores a 10 personas. |
Eventos, conciertos y centros de diversión
ROJO | ANARANJADA | AMARILLA | VERDE |
Cerrado a todas las actividades. | Cerrado. Excepto eventos que puedan ocurrir desde el vehículo sin permitir descender de los mismos. | Actividades al aire libre guardando aforo de 4 m2 por persona. No se permiten grupos mayores a 5 personas. | Aforo a 2.5 m2 por persona. No se permiten grupos mayores a 10 personas. |
Cines y teatros
ROJO | ANARANJADA | AMARILLA | VERDE |
Cerrado con excepción de eventos que puedan ocurrir desde el vehículo, sin permitir descender de los mismos. | Se permiten funciones bajo cita previa y manteniendo un aforo de 4 m2 por persona. No se permiten taquillas ni aglomeraciones de más de 10 personas. Se recomienda horarios o áreas especiales para personas de alto riesgo o mayores de 60 años. | Se permiten funciones bajo cita previa y manteniendo un aforo de 4 m2 por persona. No se permiten taquillas ni aglomeraciones de más de 15 personas. Se recomienda horarios o áreas especiales para personas de alto riesgo o mayores de 60 años. | Permitido funciones manteniendo un aforo de 2.5 m2 por persona. |
Iglesias y templos
ROJO | ANARANJADA | AMARILLA | VERDE |
Servicios religiosos como bautizos y matrimonios se limitan a menos de 10 personas y tiempo de menor de una hora. | Se permiten servicios religiosos con un aforo de 4 m2 por persona, con las siguientes medidas: a) Se recomiendan servicios menores de 1 hora. b) Puertas y ventanas abiertas. c) Servicios especiales para personas de alto riesgo o mayores de 60 años. | Se permiten servicios religiosos con un aforo de 2.5 m2 por persona, con las siguientes medidas: a) Se recomiendan servicios menores de 1 hora. b) Puertas y ventanas abiertas. c) Servicios especiales para personas de alto riesgo o mayores 60 años. | Se permiten servicios religiosos con un aforo de 1.5 m entre personas, Con las siguientes medidas: a) Puertas y ventanas abiertas. c) Servicios especiales para personas de alto riesgo o mayores de 60 años. |
El Sistema de Alertas Sanitarias COVID-19 es un instrumento que permite medir cada dos semanas la incidencia de la enfermedad y define el nivel de riesgo por localidad clasificado en colores: rojo, anaranjado, amarillo y verde, a fin de procurar medidas asertivas para proteger la salud de los guatemaltecos.
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*Con información del MSPAS.