El Congreso de la República autorizó la contratación de un crédito por 250 millones de dólares

El Congreso de la República autorizó la contratación de un crédito por 250 millones de dólares

TGW DIGITAL | El Congreso de la República aprobó la obtención de un préstamo de 250 millones de dólares (aproximadamente 1 mil 930.5 millones de quetzales), denominado “Segundo Préstamo para las Políticas de Desarrollo y Respuesta ante Crisis en Guatemala”, con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF).

La autorización del préstamo se encuentra en el Decreto Número 21-2025 emitido por el Congreso de la República, el cual fue publicado este lunes 4 de noviembre en el Diario de Centroamérica.

Destino del préstamo

El decreto establece que el préstamo tiene como finalidad respaldar el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, siendo gestionado a través del Ministerio de Finanzas Públicas (MINFIN). Su propósito es dar prioridad a la atención de la emergencia ocasionada por la pandemia de covid-19.

El documento también indica que el crédito se obtiene por un período de 17 años y medio, con un plazo de gracia de cinco años desde la aprobación del financiamiento por el directorio del BIRF.

Se indica que se deberá pagar una comisión del 0.25 por ciento sobre el total del préstamo.

Asimismo, se requerirá el pago de una comisión de compromiso del 0.25 por ciento anual sobre el saldo del préstamo que aún no ha sido desembolsado, conforme a lo estipulado en el acuerdo correspondiente.

El decreto también especifica que las responsabilidades mencionadas en los párrafos previos serán asumidas por el Organismo Ejecutivo a través del Ministerio de Finanzas.

El MINFIN deberá garantizar las asignaciones presupuestarias necesarias en cada ejercicio fiscal hasta que la deuda sea completamente saldada.

Se autoriza a Finanzas para que, a partir de 2025, incluya en el presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado la suma equivalente a 250 millones de dólares, que proviene del préstamo.

El decreto en mención entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

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