MINTRAB orienta a patronos para el cumplimiento del Bono 14

MINTRAB orienta a patronos para el cumplimiento del Bono 14

TGW Digital – A través de un comunicado el Ministerio de Trabajo informó que el pago del Bono 14 deberá ser cubierto especialmente por las empresas que han continuado operando pese al impacto del Coronavirus (COVID-19).

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social vela por el estricto cumplimiento de las normas y principios que inspiran el derecho laboral. El Decreto Número 42-92, Ley de Bonificación Anual para Trabajadores del Sector Privado y Público (Bono 14), establece la obligación de pagar una bonificación en la primera quincena del mes de julio de cada año a todos los trabajadores.

Debido a que las actividades económicas han variado, la cartera ofreció las siguientes opciones para que los patronos puedan cumplir con la obligación:

  1. Se realizaron las gestiones ante las entidades financieras: MICOOPE, Banco de Desarrollo Rural, S.A. –BANRURAL– y Banco Inmobiliario S.A., para que los empleadores puedan acceder al Fondo de Crédito para Capital de Trabajo, de conformidad con lo establecido por el Decreto Número 13-2020 y el Reglamento de dicho Fondo emitido por el Crédito Hipotecario Nacional -CHN-, para el cumplimiento del pago de esta prestación.
  2. Los patronos que no estén en posibilidad económica para realizar el pago de la Bonificación y así lo comprueben, deberán informar al Ministerio de Trabajo y Previsión Social sobre dicha situación, a través de una declaración jurada, como establece la legislación aplicable. La Inspección General de Trabajo actuará conforme a la ley en caso de duda razonable o inexactitud de la información declarada.

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social debe velar por el cumplimiento de la ley y los principios que inspiran el derecho laboral, siendo uno de ellos el principio conciliatorio. La ley es tutelar del trabajador y se implementarán las acciones que correspondan en caso de que se incumplan los acuerdos establecidos.

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