Presidente decreta estado de calamidad pública en Guatemala por el coronavirus

Presidente decreta estado de calamidad pública en Guatemala por el coronavirus

TGW Digital – Después de que el presidente Alejandro Giammattei anunciara el estado de calamidad pública ayer, como medida de prevención por el coronavirus (COVID-19), hoy fue publicado en el Diario de Centro América (oficial) el Decreto Gubernativo 5-2020, con lo que entra en vigencia la precaución.

Según el artículo 1 de este documento, el estado de calamidad pública se da “como consecuencia del pronunciamiento de la Organización Mundial de la Salud sobre la epidemia de coronavirus COVID-19, como emergencia de salud pública de importancia internacional y del Plan para la Prevención, Contención y Respuesta a casos de coronavirus en Guatemala”.

El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) será la entidad encargada de “ejecutar las acciones necesarias” para cumplir con el plan establecido y “prestar los servicios públicos indispensables” para evitar la propagación de la enfermedad, durante los próximos 30 días.

Esta cartera también sera responsable de realizar evacuaciones médicas de las personas nacionales, extranjeras, residentes o en tránsito, con sospecha, síntomas o declaración de ser portadores del virus.

Decreto establece límites en caso de contagios

Si se llegaran a registrar contactos por coronavirus se limitará el derecho de libre locomoción de las personas, vehículos y transporte en los lugares afectados o en riesgo de serlo, así como las concentraciones de personas.

También se prohibirán o suspenderán “toda clase de espectáculos públicos y cualquier clase de reuniones o eventos que representen un riesgo”.

Adicionalmente, se establecerán los precios mínimos y máximos para los artículos, bienes, suministros o servicios relacionados con la prevención, tratamiento, contención y respuesta al coronavirus, con el fin de evitar el acaparamiento de los mismos.

De igual manera, para evitar el ingreso del coronavirus, el Instituto Guatemalteco de Migración, la Dirección de Aeronáutica Civil, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Gobernación vigilarán y monitorearán los puestos fronterizos, puertos y aeropuertos y elaborarán y aplicarán planes de seguridad pública.

El artículo 11 del decreto también establece que las autoridades deberán realizar las acciones pertinentes “en el máximo respeto, integridad y garantía de los derechos humanos de los habitantes”.

Además, todos los funcionarios y empleados públicos participarán en el Plan de Prevención, Contención y Respuesta a los casos de coronavirus.

Vía AGN.

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