La Dirección General de Transportes informó acerca del Acuerdo Ministerial 297-2018, sobre la restricción de transporte de carga pesada durante la Semana Santa.
Con esto se restringe la circulación de estos vehiculos, en todo el territorio nacional a partir del miércoles 28 de marzo, a partir de las 12:00 horas, hasta el domingo 1 de abril a las 24:00 horas.
El acuerdo, publicado en el Diario de Centro América, establece que la medida aplica para todos los automotores de transporte de carga pesada, a excepción de los que trasladan productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos, los cuales podrán circular y no necesitan permisos especiales.