El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) informo que se venció el plazo para que los propietarios de especies silvestres, los entreguen a santuarios, centros de rescate nacional o internacional, según lo establece el artículo 55 de la Ley de Protección y Bienestar Animal.
Una vez cumplido el citado plazo, los animales que aun se encuentren en los circos serán consignados por la Unidad de Bienestar Animal y demás instituciones competentes.
Asimismo, queda terminantemente prohíbo a todas las instituciones del estado emitir cualquier permiso o licencia con el fin de crear nuevas colecciones privadas de animales para uso de circos.
Se prohibido el ingreso o tránsito en todo el territorio nacional, de los circos procedentes de otros países, que emplean animales para su espectáculo.
El Ministerio de Agricultura agradeció a los propietarios de los circos Latino, Navarro y Hermanos Ponce, quienes entregaron voluntariamente a sus animales durante el plazo de un año.