TGW Digital – Los guatemaltecos que residen en el exterior del país y no cuenten con su documento de identificación personal (DPI), podrán tramitar su pasaporte únicamente presentando su certificado de nacimiento, extendido por el Registro Nacional de Personas (RENAP).
El acuerdo 1-2021 publicado en el Diario Oficial, establece que las personas deberán presentarse ante la sede diplomática o consular con la certificación de nacimiento que contenga el código único de identificación o si tuviese su pasaporte anterior.
Según datos del Instituto Guatemalteco de Migración, durante el año 2020 fueron emitidos 240 mil 673 pasaportes ordinarios, de los cuales, 85 mil 758 autorizados en Guatemala, 150 mil 254 en los Estados Unidos y 4 mil 661 en diferentes países.
La presente disposición tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del presente año, con posibilidad de ser prorrogado.