Un decreto que contiene una reforma a la Ley de Presupuesto 2017 y establece una ampliación de este por 875 millones de quetzales y cuyo fin será, entre otros, lograr la ejecución de obras de arrastre 2017 de los Consejos Departamentales de Desarrollo Urbano y Rural (Codede) cobró vigencia hoy con su publicación en el Diario de Centro América.
Se trata de reformas a los artículos 76 y 97 del Decreto 50-2016 (Ley de Presupuesto 2017).
El primero se refiere a “inversión” y define que “se aprueba la asignación de inversión física y transferencias de capital e inversión financiera del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el ejercicio fiscal vigente”.
Esta reforma al artículo 76 contiene especificaciones en cuanto a la reprogramación, ejecución y rendición de cuentas de las obras de inversión, en particular las que corresponden a los Consejos Departamentales de Desarrollo, todo lo cual deberá ser supervisado y resuelto por el Ministerio de Finanzas Públicas.
La reforma al artículo 97, además de especificar el monto (Q875 millones), señala que la ampliación se realiza “para la ejecución de recursos provenientes de donaciones externas, préstamos externos en ejecución, la ampliación de la Ley de Extinción de Dominio, la regularización de arrendamientos, la aportación de capital pagado de las acciones que por Ley es accionista el Estado, y para la obra de arrastre de los Codede, de los proyectos priorizados para el año 2017”.
Se hace ver que “cuando las donaciones y préstamos requieran contrapartida local, esta deberá financiarse con cargo al presupuesto asignado a la entidad beneficiada”.
También se advierte que “para el caso de la asignación presupuestaria, para asignación extraordinaria para obra de arrastre de los Consejos Departamentales de Desarrollo de 2017, solamente serán elegibles los proyectos que al 31 de diciembre de 2017 cuenten con convenios y contratos firmados y avance físico constatado en acta y fotografía y/o video”.
“La lista de proyectos elegibles será validada mediante un inventario previo realizado en conjunto por la Contraloría General de Cuentas y la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia, y que certifique el avance físico de los proyectos al 15 de marzo de 2018”, se aclara.
También se hace ver que “en ningún caso la ampliación para un departamento específico puede superar el 25% del presupuesto total para el año 2017”.
Asimismo, mediante el Decreto “se faculta al Organismo Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Finanzas Públicas, apruebe, mediante Acuerdo Gubernativo refrendado por dicho ministerio, la ampliación y distribución en detalle de los recursos mencionados, asignando las partidas específicas para su utilización”.
Finalmente, indica que “la Contraloría General de Cuentas deberá asignar el recurso humano necesario para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma, en tanto que el Ministerio de Finanzas Públicas deberá informar al Congreso de la República de la ampliación realizada”.
El Decreto fue aprobado por el Legislativo el 17 de abril y sancionado por el presidente Jimmy Morales el 9 de mayo.